sábado, 12 de febrero de 2011

EL IMPUESTO A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA


El regresivo sistema tributario argentino


La Argentinacuenta con uno de los sistemas tributarios más regresivos del planeta, de hecho se sustenta básicamente en impuestos al consumo. Pagan más los que menos tienen. Sin embargo, como siempre, todos lo saben, muchos lo critican y denuncian pero nadie hace nada.
Cada fuerza política que llega al poder, al momento de asumir, se olvida de todas las falencias advertidas al sistema, y sigue poniendo parches de manera interminable o conservando los ya existentes.
Nuestro sistema tributario podría definirse perfectamente como un engendro de magnitudes incontrolables. Y por eso, por esa imperiosa necesidad que tienen los poderes políticos de turno de controlarlo, es que lo siguen emparchando en lugar de dar los primeros pasos para empezar a sanearlo, a hacerlo más equitativo.
Un tributo es distorsivo cuando vulnera uno de los principios constitucionales en materia tributaria, esto es, la capacidad contributiva. Pero esto no queda allí, sino que además las transacciones comerciales se ven afectadas y en nada se favorece la competencia transparente.
Un ejemplo de esto es el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, pasible de que se incurra en doble imposición en tanto no permite la imputación de pasivos. Este impuesto se creó en 1990 bajo la denominación de “Impuesto sobre los Activos” y fue derogado en 1995 para renacer con su nombre actual en 1998, aunque desde su origen la doctrina se pronunció en su contra.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación entendió la inconstitucionalidad del IGMP en el caso “Hermitage” en junio 2010. Asimismo, en octubre del mismo año, se pronunció de igual modo acerca del caso “Establecimiento Oeste S.A.”. En el primero, argumentó no encontrar un nexo entre el hecho imponible que evidenciara una ganancia mínima presunta y la base imponible, mientras que en el segundo el ente se hallaba en concurso preventivo.
Hace más de 150 años Alberdi escribía: “Después de los cambios en la religión y en el idioma del pueblo, ninguno más delicado que el del sistema de contribuciones (...)”.
Sin embargo, a juzgar por el absurdamente complejo e inequitativo régimen tributario nacional vigente en este país, podría concluirse que nadie lo leyó o al menos, nadie quiso nunca entenderlo.

Nidia G. Osimani


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