sábado, 27 de agosto de 2011

Fuertes alegatos en defensa del derecho público a la información. Por Adrián Ventura


El secretario general de Redacción de La Nacion, Héctor D'Amico, y el titular del grupo Perfil, Jorge Fontevecchia, formularon ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos un fuerte alegato en defensa de la libertad de prensa que ejercen los medios para investigar cuestiones que involucran a funcionarios públicos, aun cuando incidentalmente rocen su intimidad.
En 1995, la revista Noticias , de la que Fontevecchia era director y D'Amico editor responsable, publicó tres notas sobre la relación del entonces presidente Carlos Menem con Nair Menem, el hijo extramatrimonial que había engendrado en 1981 en Las Lomitas -donde estuvo detenido- con Martha Mesa, docente e hija de un dirigente local del PJ. La existencia de Nair ya había sido publicada por otros medios. La investigación de Noticias se centró en una serie de hechos que fueron confirmados a la propia revista por Martha Mesa. Reveló que Carlos Nair había sido amenazado de muerte y que ella había sido víctima de un robo: denunció ante la Justicia que le habían sustraído joyas, documentos y dinero en efectivo. Evaluó lo robado en US$ 230.000 y aclaró que las joyas habían sido regaladas por el presidente Menem. La mujer, que llegó a ser diputada provincial, decidió, después de esos hechos, refugiarse en Asunción del Paraguay. Todo eso ocurría en plena campaña electoral de 1995. Carlos Menem se comunicó con el entonces presidente del Paraguay Juan Carlos Wasmosy para interesarse por la seguridad de Mesa y de Carlos Nair.
Aun cuando los hechos denunciados por Martha Mesa revelaban que había un claro interés público comprometido, Menem demandó a Noticias . La Cámara Civil, primero, y luego, la Corte argentina, en el año 2001, condenaron a Fontevecchia y a D'Amico a pagar una indemnización al ex mandatario. El argumento del fallo fue la violación de la intimidad. Pero muchas preguntas quedaron y siguen en pie. ¿Los hechos informados por Mesa no tenían acaso un fuerte interés público? Y, además, ¿la condena no era un forma de acallar a la publicación y presionarla para que no continuara su trabajo de investigación sobre el robo, las amenazas de muerte, el asilo de Carlos Nair, y la necesidad de un jefe de Estado preguntándole a otro que se ocupe de la seguridad de un hijo no reconocido?
Los propios abogados del Estado argentino, que participaron hace dos días en las sesiones de la Corte Interamericana por los Derechos Humanos, donde se volvía una y otra vez sobre la condena a Noticias, optaron por no defender la posición de Menem.
Dado que varios presidentes en América latina intentan censurar a la prensa de sus respectivos países, el caso no sólo reviste actualidad, sino que, además, genera lógica expectativa entre periodistas y políticos. Numerosas personas asistieron a los alegatos orales finales de los condenados y los abogados defensores Eduardo Bertoni -ex relator de Libertad de Expresión de la OEA-, Gabriela Kletzel y Lourdes Bascary, representantes ambos del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), y la actual relatora de Libertad de Expresión de la OEA, Catalina Botero.
La Corte Interamericana -actualmente presidida por el jurista peruano Diego García Sayán-, como máximo tribunal interamericano en materia de derechos humanos, es la que fija los criterios sobre cómo deben interpretarse esos derechos, y los países que firmaron la Convención Americana deben respetar sus fallos. Cabe recordar que sus intervenciones y las de la Comisión Interamericana derivaron, por ejemplo, en la derogación de las figuras de desacato (1993) y calumnias e injurias en casos de interés público (2009).
Menem sumó después otra demanda contra la publicación que se agregó a otras 18. La Corte argentina, que estaba integrada por jueces que habían sido nombrados por el propio Menem, condenó a los periodistas por el caso de Carlos Nair. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, cuando decidió revisar ese pronunciamiento, interpretó que la Corte argentina no había cumplido con los requerimientos que establece la Convención Interamericana para imponer una responsabilidad ulterior. Por eso, formuló una recomendación al Estado argentino, que no la aceptó. Ante esa situación, en diciembre último, la Comisión Interamericana sometió el caso contra la Argentina a consideración de la Corte Interamericana.
Los argumentos de las partes fueron los siguientes:
  • D'Amico, Fontevecchia y Bertoni afirmaron que era un hecho público y notorio en la provincia de Formosa que el padre de Nair era Menem. Además, el entonces mandatario nunca desmintió la verdad de esa información, que ya había sido revelada por otros medios. Y, más aún, las fotos que publicó la revista sobre las reuniones de Menem con Nair en la residencia de Olivos, en la cual aparecen rodeados por ministros, fotógrafos y cámaras de televisión, fueron tomadas con consentimiento del mandatario.
Para ellos, la publicación de hechos verídicos en temas de interés público no podía ser objeto de una sanción estatal de esa naturaleza. Y las leyes civiles que establecen reparaciones son muy vagas cuando se aplican a los problemas de prensa.
  • El Estado argentino, representado por dos abogados de la Cancillería, declinó formular preguntas y tampoco hizo un alegato en defensa de la demanda.
  • Botero, cuya intervención como relatora de Libertad de Expresión tiene un peso particular, hizo un brillante alegato en el que sostuvo que si la relación de un presidente con su pueblo se basa en la confianza, todos los aspectos de la vida de ese funcionario merecen ser conocidos a los efectos de ratificar o desmentir si se conserva esa confianza. También circunscribió el derecho a la privacidad.
Fuente: la Nación

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