miércoles, 24 de agosto de 2011

La Cámara Electoral pone en duda el recuento provisorio. Por Adrián Ventura


La Cámara Electoral tomó distancia de las desprolijidades que pudieron haberse cometido durante el escrutinio realizado el domingo 14 del actual: el tribunal afirmó que el único recuento válido de votos no es el provisorio, que realiza el Ministerio de Interior la noche de los comicios, sino el definitivo, que realizan con posterioridad los jueces electorales. Y aprovechó para reclamar competencia para hacer también, en el futuro, el recuento provisorio.
Existen dos diferencias importantes entre escrutinio provisional y escrutinio definitivo:
  • El escrutinio provisional, que es el que se realiza apenas se cierran los comicios y arroja el primer resultado, lo realiza el Ministerio de Interior con la ayuda de una empresa privada. En cambio, el escrutinio definitivo, que se inicia 48 horas después, lo realizan los jueces electorales.
  • El escrutinio provisional se hace sobre la base de los telegramas que envían las autoridades de mesa al Correo Central. Allí se suman los votos de cada telegrama, para llegar al resultado total de votos que obtuvo cada partido. En cambio, en el escrutinio definitivo que realizan los jueces, el cómputo se hace teniendo en cuenta los datos asentados en las actas de escrutinio (que firma el presidente de cada mesa la noche de la elección), los certificados de escrutinio (que esa noche se entregan a los fiscales de cada partido) y los certificados que fueron colocados dentro de cada urna.
Cuando durante el escrutinio definitivo de una mesa se detecta que no hay conformidad entre los números de esos documentos, los fiscales del partido pueden pedir la apertura de la urna de esa mesa.
Es claro que la opinión pública se forma sobre la base de los resultados difundidos apenas se cierran los comicios. Pero los números que arroja ese recuento no tienen valor legal, sino que los porcentajes finales que deben tenerse en cuenta son los que arrojan el segundo recuento.

EL COMUNICADO DE LA CÁMARA

Por eso, la Cámara Electoral, que en la Acordada 93/11, dictada tres días antes de las elecciones, había recordado la diferencia entre ambos tipos de escrutinio, ayer emitió un comunicado, como una forma de salir al cruce de las denuncias que están haciendo los partidos.
Dice el comunicado que "a raíz de los reclamos difundidos en las últimas horas sobre los resultados consignados en algunos telegramas de mesa, la Cámara Electoral reitera que los datos que en éstos se consignan sólo tienen por objeto difundir resultados provisorios, sin valor legal para la proclamación de candidatos".
"Los resultados que se difunden en la noche de las elecciones son elaborados por el Ministerio del Interior, con base en telegramas, y tienen por objeto informar a la ciudadanía en forma rápida, pero no forman parte del escrutinio definitivo", afirma el comunicado de la Justicia.
Por eso, la Cámara Electoral, integrada por los jueces Rodolfo Munné, Santiago Corcuera y Alberto Dalla Vía, advirtió en más de una oportunidad sobre la necesidad de "integrar el escrutinio provisorio a las competencias de la justicia electoral", dice la declaración. "Sin embargo, actualmente la Justicia no tiene ninguna intervención ni control en su preparación ni difusión, que está exclusivamente a cargo del Ministerio del Interior", señala el comunicado, que resalta la última oración con letra negrita.
"En la provincia de Buenos Aires hay 31.000 mesas. Es posible que algún presidente haya cometido alguna picardía, pero seguramente haya muchos errores involuntarios, porque la gente no sabe cómo testar una planilla o cómo corregirla", dijo una fuente de la Cámara, que le restó importancia al hecho de que la jueza Servini de Cubría haya dicho que, a lo sumo, se cometieron "picardías pero no fraude".
"Esta vez, como se decidió colgar en la web los telegramas, los partidos pudieron cuestionar los telegramas. Pero es en el escrutinio definitivo donde pueden hacer las impugnaciones en serio", agregó.
Fuente: La Nación

Convocan a ser fiscales



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