martes, 25 de enero de 2011

La CGT insistirá con el reparto de Ganancias

EL CONGRESO BUSCA UNA AGENDA


Héctor Recalde, diputado nacional y abogado de Hugo Moyano.


 La iniciativa, en principio, alcanzará a las empresas que tengan más de 300 empleados pero gradualmente irá extendiéndose a los 2 años a aquellas empresas que tengan hasta 100 trabajadores. A los 3 años a todas las compañías. El debate vuelve a partir del 01/03/2011.


CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). El presidente de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara baja, Héctor Recalde, aseguró que “el proyecto de distribuir ganancias de las empresas entre los trabajadores, está en la agenda de la CGT” y será planteada nuevamente cuando comienzen las sesiones ordinarias del parlamento, el próximo 1ro de marzo.
 
Consultado respecto de las versiones de que empresarios pedirán que frenen proyectos de Recalde, el legislador nacional señaló que “cuando pidieron ser consultados sobre el proyecto de ganancias les dijimos que sí y los invitamos a la comisión, donde pidieron una prórroga de 15 días, pero las grandes cámaras no concurrieron y si lo hicieron las pequeñas”.
 
Recalde puntualizó que "tras las consultas se decidió que a partir del primero de marzo la Comisión pueda dictaminar, así que nosotros estamos decididos a continuar".
 
La Ley Recalde
  
La iniciativa de ley del diputado y asesor de la CGT, Héctor Recalde, que plantea la participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas,consta de 32 artículos y alcanzará en principio a las empresas que tengan más de 300 empleados y un nivel de rentabilidad.
 
Pero gradualmente irá extendiéndose:
 
>A los 2 años llegará a aquellas empresas que tengan hasta 100 trabajadores.
 
> A los 3 años todas las compañías deberán acatar el reparto de ganancias entre sus empleados.
 
> La distribución será calculada sobre la utilidad anual, descontando el pago de impuestos y las inversiones.
 
> El monto a repartir será del 10% de todas las ganancias.
Asimismo establece que la proporción de ganancia que corresponderá a cada trabajador se determinará en base a la antigüedad, la categoría de convenio y el nivel salarial, quedando excluidos los directivos y gerentes de las empresas.
 
La distribución de ganancias se concretará una vez por año fiscal y tendrá carácter no remunerativo, con lo cual estará exceptuada del pago de aportes y contribuciones patronales, y no será contemplada sobre la base salarial sobre la que se computa el pago del impuesto a las Ganancias.
 
Se fija que una parte del monto de ganancias a distribuir será destinado a crear un fondo solidario que financiará programas de asistencia o ayuda a trabajadores en negro y desocupados que perciben la asignación universal por hijo.
 
Se creará un Consejo Nacional de Participación Laboral, que funcionará como autoridad de aplicación de la ley, en la órbita del Ministerio de Trabajo. Se trata de un organismo conformado por representantes del Poder Ejecutivo, de las entidades empresarias y los trabajadores, que podrán fiscalizar los números de las compañías.
 
Una de las funciones principales del Consejo será fijar un mínimo de ganancias a partir del cual se aplicará la ley.
 
Un 5% del total de las ganancias que se distribuyan entre los empleados será destinado a la creación de un "Fondo Solidario". El 95% restante del monto a dividir será repartido de forma "proporcional" a los días trabajados y según lo que cobre cada empleado, es decir, que el que gane más recibirá un porcentaje mayor.
 
Esta ley plantea ciertas excepciones, que involucran a aquellas empresas que no deberán repartir ganancias. Por dos años no se sumará a las compañías que tengan menos de dos años de antigüedad, las cuales recién deberá acatar la medida cuando cumpla los dos años de actividad.
 
Tampoco deberán repartir sus utilidades "durante los primeros cuatro años de aplicada la ley" las empresas que se dediquen al rubro de "bienes o servicios nuevos".
 
Quedarán exentas de dividir sus ingresos las fundaciones privadas con personería sin fines de lucro y las asociaciones cooperativas.


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