miércoles, 18 de mayo de 2011

PUNTO OSCUROS DE LA REFORMA ELECTORAL


Los 10 puntos dudodos
 
1. El Ejecutivo, juez y parte
 
En el espíritu de esta nueva ley estaba “regular de manera equitativa y democrática el desenvolvimiento del sistema de representación”. Con ese fin imitaron el modelo electoral chileno y mexicano. Sin embargo, lejos de generar un órgano electoral autónomo -como sucede en esos países- la norma incrementa las atribuciones de la Dirección Nacional Electoral, que depende del Ministerio del Interior de la Nación. Este organismo sumará ahora, entre otras responsabilidades, la de distribuir la pauta publicitaria para todos los candidato que se presenten a elecciones
 
2. Financiamiento de campañas
 
A partir de esta ley, ningún candidato puede contratar publicidad audiovisual. Será el Estado, a través de la Dirección Nacional Electoral quién distribuya los espacios publicitarios en radio y televisión. Sin embargo, al no estar regulada la publicidad oficial, el riesgo es que el candidato del oficialismo tenga una ventaja enorme frente al resto. Por esa razón, la oposición está intentando, sin exito por ahora, limitar la propaganda del Gobierno mediante un proyecto de ley en el Congreso.
 
3. El rol de Mariotto
 
Según el censo de medios que hizo la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, a cargo de Gabriel Mariotto, es que hay entre casi 15.000 frecuencias de radios y canales de televisión en todo el país. Ese organismo tendrá, con la nueva ley, una tarea titánica: controlar que ninguno de estos medios venda espacios de publicidad de manera particular a los candidatos. Pero ¿qué hacer con el Ejecutivo Nacional, que basa su campaña proselitista en la propaganda de obras y distribución de subsidios que realiza el Ejecutivo?
 
4. Dudosas Garantías
 
Otro punto conflictivo del reparto de la publicidad es que, con el supuesto objetivo de garantizar la distribución equitativa de los espacios en radio y televisión, se crea un Consejo de Seguimiento de las primarias electorales con un representante de cada lista. Esto significa una enorme cantidad de gente, en caso de algún reclamo, para solucionar en tiempo y forma pueda llegar a tiempo a solucionar alguna irregularidad antes de los comicios.
 
5. Informes financieros anulados
 
Hasta la última elección, las agrupaciones políticas tenían la obligación de presentar un informe de financiamiento parcial 10 días antes de las elecciones y otro definitivo 90 días después. El informe previo servía como parámetro de control para la presentación final de los gastos. Sin embargo, esa obligación fue anulada.
 
6. El caos de boletas
 
Una de las intenciones de la ley era achicar el universo de los partidos y volverlo menos fragmentado y más estable. Sin embargo, en las internas abiertas los cuartos oscuros tendrán un caos de boletas. Por ejemplo, en la  Buenos Aires, donde el año que viene las internas abiertas nacionales serán simultáneas con las provinciales, cada partido tendrá distintas listas para elegir candidatos a cargos de consejeros escolares, concejales, intendente, legisladores provinciales, diputados y senadores nacionales, gobernador, presidente y hasta parlamentario del Mercosur.
 
7. Colectoras de nuevo
 
Se suponía que uno de los éxitos de la nueva ley era el fin de herramientas electorales cuestionadas como es el caso de las listas colectoras o las espejo. Sin embargo, no es exactamente así. Para las generales, el artículo 80 de la ley excluye explícitamente estos mecanismos al disponer que “las agrupaciones políticas deberán presentar una sola lista por categoría, no admitiéndose la coexistencia de listas aunque sean idénticas entre las alianzas y los partidos que las integran”. Para las internas abiertas, la situación queda en abstracto: el artículo 22 dice que “los precandidatos que se presenten en las elecciones primarias sólo pueden hacerlo en las de una sola agrupación política, y para una sola categoría de cargos electivos”. No dice nada de que deban hacerlo “en una sola lista”, lo que garantizaría la inexistencia de las colectoras.
 
8. Los plazos
 
La norma establece nuevos plazos para todos los trámites electorales. Por ejemplo, los partidos tienen apenas 24 horas para apelar -en caso de alguna disconformidad- luego de la oficialización de las listas. Uno de los tiempos más conflictivos, por su ejecución, es el que separa las internas abiertas de las generales. Son apenas 60 días donde deben resolverse el conteo definitivo de la primaria, la preparación de la general y todas las impugnaciones que seguramente generarán los candidatos frente a la 1ra. elección con este sistema.
 
9. Estructura partidaria
 
Otro conflicto abierto frente a las primarias es el aparato de fiscalización necesario. ¿Cómo harán los partidos chicos o las listas opositoras dentro de las agrupaciones más grandes -como el PJ o la UCR- para tener fiscales en todas las mesas?.
 
10. Los colores en las boletas
 
En esta oportunidad, habrá boletas en color que deberán ser aprobadas por cada juez electoral de distrito. Se prevé que las agrupaciones litigarán para quedarse con determinados colores que son simbólicos para cada partido.

Fuente: parte de una publicación de U24

No hay comentarios:

Publicar un comentario