Tras el crimen en Tolosa regresó el debate acerca de la baja en la edad de imputabilidad de los menores. Apurado por los hechos, ahora el Gobierno habla de promover la ley de Reforma Penal Juvenil que hace 1 año duerme en un cajón de la Cámara de Diputados. La iniciativa fue aprobada en noviembre de 2009 por la Cámara de Senadores. Diputados nunca la trató. Sepa que dice el texto del proyecto olvidado.
Tras la detención de un chico de 15 años por el crimen de Fabián Esquivel, ocurrido esta semana en Tolosa y su declaración de no imputable, el ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, Julio Alak, se mostró a favor de la puesta en marcha de una ley penal juvenil. El funcionario, sin embargo, alertó que la posible normativa deberá contar con "sistemas de reinserción social".
En declaraciones a Radio Provincia, Alak admitió que "el asesinato de Fabián Esquivel en La Plata es un hecho tremendo que nuevamente pone en análisis la necesidad de promover una ley penal juvenil". Y solicitó que dicho debate "no tenga solamente el objetivo de incriminación de los jóvenes, sino también de reinclusión social".
Es el segundo anuncio que hace el gobierno sobre este tema. El primero fue en abril del 2009 y lo hizo el entonces ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Aníbal Fernández, luego del asesinado de Daniel Capristo, en Valentín Alsina, a manos de un adolescente de 14 años.
Pero esta vez lo que no dijo Alak es que la ley penal juvenil duerme en un cajón de la Cámara de Diputados desde noviembre de 2009 porque los legisladores del oficialismo no se ponen de acuerdo en la redacción definitiva del texto de la norma.
El 26 de Noviembre de 2009, el Senado terminó de aprobar la norma que reduce a 14 años la edad de imputabilidad de los menores.
La propuesta establece que la responsabilidad penal alcanzará a los jóvenes de 14 ó 15 años de edad que cometan un delito con pena mínima de 3 años de prisión o reclusión; y a los jóvenes de 16 ó 17 años de edad que participe en la comisión de un delito con pena mínima de 2 años o más de prisión o reclusión.
Determina que ninguna persona menor de 18 años a la que se le atribuya la comisión de un delito podrá ser juzgado por el sistema penal general ni podrá atribuírsele las consecuencias previstas para las personas mayores.
La iniciativa señala que estarán exentas de responsabilidad penal las personas que al momento de cometer el delito no alcancen la edad de 14 años y tampoco recibirán sanciones quienes tengan 14 o 15 años y hayan cometido delitos de acción privada sancionados con multa, inhabilitación o con pena mínima privativa de libertad inferior a tres años, mientras que los que tengan 16 ó 17 años podrán ser penados con multa, inhabilitación o con pena mínima privativa de la libertad menor a dos años.
Quedan fuera de la responsabilidad penal quienes tengan 16 o 17 años y sean sancionados con multa, inhabilitación o con pena mínima privativa de la libertad inferior a dos años.
Se establece que toda persona menor de 18 años tiene derecho a que se respete su vida privada y la de su grupo familiar.
El proyecto también remarca que la privación de la libertad de las personas menores de 18 años infractoras a la ley penal es "la excepción y el último recurso", y establece que "se privilegiará la permanencia de la persona menor de 18 años dentro de su grupo familiar" y que "en caso de no existir este, deberá darse intervención a los órganos administrativos de protección de derechos del niño, niña y adolescentes".
Los menores serán encarcelados en un centro especializado cuando al momento de la comisión del delito tengan 14 o 15 años de edad, declaradas penalmente responsables por delitos dolosos con resultado de muerte o por delitos contra la integridad sexual reprimidos con pena mínima superior a los cinco años de prisión o reclusión. El plazo máximo de esta sanción no podrá exceder de tres años.
Cuando se trate de personas que al momento de la comisión del delito tengan 16 o 17 años de edad, declaradas penalmente responsables por delitos dolosos con resultado de muerte; o por delitos contra la integridad sexual y contra la libertad con pena mínima superior a los tres años de prisión o reclusión.
El juez podrá aplicar como sanciones una escala que va desde las disculpas personales ante la víctima; reparar el daño causado; prestación de servicios a la comunidad; órdenes de supervisión y orientación; inhabilitación; privación de libertad durante el fin de semana o tiempo libre; privación de libertad en domicilio; o privación de libertad en centro especializado.
Destaca que "los centros especializados para el cumplimiento de la pena privativa de libertad deben contar con un grupo interdisciplinario de profesionales especializados."
El 21/11/2010 la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados emitió dictamen de mayoría apoyando la media sancion del senado. También hubo un dictamen de minoría sobre otro proyecto consensuado entre legisladores de los partidos GEN, Proyecto Sur y algunos del Frente para la Victoria que crea un sistema penal específico para los menores de 16 a 18 años que reemplace el Decreto–Ley de la dictadura militar que se aplica en la actualidad, privilegiando la defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, promocionando su educación y reinserción en su seno familiar y social. El tema nunca llegó al recinto por decisión del kirchnerismo. Mientras los legisladores K buscan medidas garantistas, los menores siguen teniendo licencia para matar.
Cómo definieron otros países la edad de imputabilidad
A modo de ejemplo, en Costa Rica la edad de imputabilidad es de 12 años, en Venezuela también a los 12, al igual que Honduras, México, Ecuador y El Salvaldor. En República Dominicana, Uruguay, Guatemala y Nicaragua es a los 13, mientras que en Panamá y Paraguay es a los 14. En la Argentina, esa frontera está fijada en 16 años y a bajar ese límite se comenzó a discutir en las últimas horas.
En tanto, en Europa, la edad de imputabilidad llega en Irlanda a establecerse en los 7 años; mientras que en Inglaterra es a los 10, en Francia y Grecia es a los 13; en Austria, Bulgaria, España, Holanda e Italia es a los 14, y en Noruega a los 15.
fuente: http://web2.urgente24.com/noticias/val/2942/ficha.html
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