miércoles, 26 de enero de 2011

CRIMINALIDAD ORGANIZADA TRANSNACIONAL de Fernando Panasiuk

Introducción:



El crimen ya no es un problema que una nación puede considerar aisladamente. Si queremos comprenderlo y combatirlo, debemos considerarlo en su contexto mundial.

El crimen organizado, con excepción de algún episodio de contrabando a través de las fronteras, era un asunto mayormente local o, en el peor de los casos, nacional. Pero en el último cuarto del siglo XX, las empresas del crimen organizado pudieron explotar la misma liberalización económica y las mismas fronteras abiertas que dieron lugar a la expansión de las corporaciones multinacionales. Las oportunidades de la mundialización son aprovechadas por los grupos del crimen organizado que intervienen en actividades ilegales o trafican con mercancías ilícitas. Se trata hoy de un fenómeno verdaderamente transnacional y es tema de preocupación internacional. El peligro que corre la estabilidad regional, e incluso la mundial, es muy real.

Los grupos del crimen organizado transnacional son, de muchas maneras, los que sacan más provecho de la mundialización. Las empresas legítimas se ven todavía constreñidas por las leyes y regulaciones del propio país y de los países donde operan. Las organizaciones y redes del crimen transnacional consiguen, con ayuda de la corrupción, la extorsión y la intimidación, usar para su pleno beneficio los mercados abiertos y las sociedades abiertas.

La falta de una aplicación efectiva de la ley, y la falta de prácticas de extradición rápida y efectiva facilitan su trabajo. Eludir el control de la aplicación de la ley nacional es un principio operativo fundamental del crimen transnacional. Las jurisdicciones extranjeras se convierten en espacios a cubierto de riesgos y las fronteras se usan como cercas tras las cuales esconderse.

La detección y neutralización de los grupos del crimen organizado internacional se hacen aún más difíciles debido a que estos grupos tienden a usar firmas de importación y exportación, industrias de servicios e inbcluso instituciones financieras multinacionales, todas ellas legítimas, como tapadera de sus actividades. En ocasiones la organización criminal sólo se anida en una empresa más amplia; en otras, la controla realmente. La línea que separa las actividades del delito financiero, por un lado, y el crimen organizado transnacional, por el otro, es a menudo borrosa.

Delitos tradicionales del crimen organizado

  • Trata de personas.
  • Contrabando.
  • Juegos de azar.
  • Extorsión y/o venta de protección.
  • Narcotráfico.
  • Tráfico de armas.



Nuevos tipos delictivos

  • Trafico de material nuclear.
  • Venta de bebés
  • Tráfico de migrantes.
  • Tráfico de órganos.
  • Comercio de animales y plantas exóticas.
  • Robo y falsificación de obras de arte y antigüedades.
  • Trafico de piezas arqueológicas y paleontológicas.
  • Lavado de dinero.
  • Robo de automóviles y comercio de autopartes.
  • Actividades terroristas internacionales.

Hay tres tipos básicos de corporaciones relacionadas con el crimen:

  • Estructuras empresariales ilegales, como los cárteles de las drogas;

  • Firmas legales que se involucran en el delito financiero, como los bancos que, de hecho, se especializan en facilitar el lavado de dinero y la evasión impositiva;

  • Empresas lícitas creadas, total o parcialmente, con dinero obtenido del crimen organizado.

El cuadro se vuelve aún más complejo si se considera la intervención de elementos del aparato estatal, los partidos políticos, las fuerzas armadas o los servicios de inteligencia. Para el crimen organizado, esta corriente de profesionales de los servicios de inteligencia, policías y conocimiento práctico militar ha significado un avance enorme en el refinamiento. Los grupos del crimen pueden, en ciertos casos, superar a la policía porque tienen mejores técnicas, mejor equipo y más recursos.

Esta participación de funcionarios del Estado, presentes o anteriores, en el crimen organizado no se limita a los que fueron Estados comunistas. Donde quiera que hay una falta de transparencia y rendición de cuentas, está presente la oportunidad del crimen por motivos de lucro. A menudo sólo se vuelven visibles cuando estalla un escándalo o cuando un cambio político lleva al poder a un nuevo grupo, ansioso de exponer las fechorías del régimen anterior. Dos ejemplos recientes de esto son los acontecimientos en Perú y Yugoslavia.

Las organizaciones criminales organizadas no sólo mantienen vínculos con algunas empresas legítimas y con algunos sectores del gobierno. Algunas veces prosperan también con el terrorismo y la guerra civil. En unos 30 países, los grupos que participan en la rebelión armada contra el gobierno financian sus campañas guerrilleras o terroristas, total o parcialmente, con ingresos generados por los impuestos que le cobran a la producción de drogas o por su participación directa en el tráfico.

Otros utilizan las redes del tráfico criminal para dejar su país, por razones económicas o de otra clase, con la esperanza de rehacer su vida en países lejanos. Ya sean causados por la guerra o la pobreza, los desplazamientos tienden a empujar hacia otros países a los mejores y más brillantes. Allí buscan un nuevo hogar, a menudo en comunidades establecidas por diásporas étnicas.

Al mismo tiempo, el crimen organizado provee también ciertos productos y lleva a cabo ciertos servicios para los cuales hay demanda; productos y servicios que un estado o sociedad dados no quiere proveer por razones de política, salud pública, religión, preocupaciones étnicas o normas culturales. Una vez más, el motivo es hacer provecho.

La legalidad o ilegalidad de un acto lo determina la ley y lo ponen en práctica las instituciones del Estado. Pero las pautas y normas no son las mismas en todas las sociedades, y el nivel de su aplicación efectiva varía ampliamente.

Cuando un elemento transnacional entra en el crimen, el encauzamiento exitoso se vuelve más difícil. Cuando el acto delictuoso tiene lugar en jurisdicciones diferentes, a los criminales transnacionales sólo se los puede encauzar con éxito si todas las partes del rompecabezas investigativo están en su sitio y se hallan intercomunicadas entre sí. Esto requiere cooperación internacional judicial y policial. Pero hay muchos obstáculos que se oponen a esa cooperación: diferentes sistemas legales, inercia burocrática, la corrupción que posibilita algunos servicios de ejecución de la ley y sistemas judiciales, la simple falta de recursos y destrezas y hasta la incompatibilidad idiomática.

Características de la organización criminal

Naylor sostiene que hay cuatro características que definen a la organización criminal transnacional:

  • Estructura: la organización requiere que opere bajo una estructura bien establecida preparada para el desarrollo de la producción y el mercadeo y que requiere reglas, miembros, espacio territorial y autoridad jerárquica.

  • Violencia: el uso de la violencia es un medio o método mediante el cual se mantiene el monopolio del poder, así como ejercita la forma de cuidar los bienes.

  • Ganancia: el crimen transnacional organizado requiere de tener un alto margen de ganancias para compensar los riesgos de negocios ilícitos y violentos.

  • Penetración: la organización tiene que tener una capacidad de penetrar la economía legal para proteger las actividades ilícitas y otros negocios.

Estas caracterizaciones se han pronunciado aun más con la integración económica mundial. En otras palabras, la transnacionalización  de la actividad criminal se ha acelerado significativamente con el proceso de globalización que se ha desencadenado en los últimos años.

Definiciones

Para los fines de la presente Convención:

a)   Por "grupo delictivo organizado" se entenderá un grupo estructurado de tres o más personas que exista durante cierto tiempo y que actúe concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos graves o delitos tipificados con arreglo a la presente Convención con miras a obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro beneficio de orden material;

b)   Por "delito grave" se entenderá la conducta que constituya un delito punible con una privación de libertad máxima de al menos cuatro años o con una pena más grave;

c)   Por "grupo estructurado" se entenderá un grupo no formado fortuitamente para la comisión inmediata de un delito y en el que no necesariamente se haya asignado a sus miembros funciones formalmente definidas ni haya continuidad en la condición de miembro o exista una estructura desarrollada;

d)   Por "bienes" se entenderá los activos de cualquier tipo, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, y los documentos o instrumentos legales que acrediten la propiedad u otros derechos sobre dichos activos;

e)   Por "producto del delito" se entenderá los bienes de cualquier índole derivados u obtenidos directa o indirectamente de la comisión de un delito;

f)    Por "embargo preventivo" o "incautación" se entenderá la prohibición temporal de transferir, convertir, enajenar o mover bienes, o la custodia o el control temporales de bienes por mandamiento expedido por un tribunal u otra autoridad competente;

g)   Por "decomiso" se entenderá la privación con carácter definitivo de bienes por decisión de un tribunal o de otra autoridad competente;

h)  Por "delito determinante" se entenderá todo delito del que se derive un producto que pueda pasar a constituir materia de un delito definido en el artículo 6 de la presente Convención;

i)    Por "entrega vigilada" se entenderá la técnica consistente en dejar que remesas ilícitas o sospechosas salgan del territorio de uno o más Estados, lo atraviesen o entren en él, con el conocimiento y bajo la supervisión de sus autoridades competentes, con el fin de investigar delitos e identificar a las personas involucradas en la comisión de éstos.

El delito será de carácter transnacional si:

a)    Se comete en más de un Estado;

b)    Se comete dentro de un solo Estado pero una parte sustancial de su preparación, planificación, dirección o control se realiza en otro Estado;

c)    Se comete dentro de un solo Estado pero entraña la participación de un grupo delictivo organizado que realiza actividades delictivas en más de un Estado.

d)    Se comete en un solo Estado pero tiene efectos sustanciales en otro Estado.

La organización criminal en la Argentina

La irrupción de la Argentina como uno de los mercados más atractivos hizo necesario que nuestro país recrease sus organizaciones estatales de seguridad, a fin de garantizar las condiciones de seguridad pública imprescindibles, tanto para los ciudadanos como para los inversores. Estos requisitos esenciales no sólo forman parte del núcleo de un país, también le permiten participar, dentro de condiciones más o menos exitosas, del proceso de globalización en marcha.

Este fenómeno se verifica, al mismo tiempo, en que la demanda de mayores y más eficientes niveles de seguridad pública se transformó en uno de los reclamos más consistentes de nuestra sociedad, hasta el punto de convertir a esa cuestión en una de las condiciones indispensables de la legitimidad de cualquier sistema político.

Simultáneamente, en toda América Latina se observa cómo el crimen transnacional se erige en el enemigo más peligroso de las democracias. En efecto, esto es así no sólo por su capacidad de cooptar -a través de la corrupción- a líderes políticos y a sistemas estatales de decisión, sino también por su determinación para imponer con violencia las condiciones de la vida cotidiana en la sociedad, donde busca arraigarse.

Estas condiciones se verifican en un escenario político nacional caracterizado por la necesidad creciente de reconstruir el poder del Estado, poniendo en marcha las llamadas reformas de tercera generación. Ante todo, estas reformas significan garantizar desde el espacio público, la posibilidad de que un creciente número de ciudadanos puedan ejercer su libertad y su responsabilidad en orden a la defensa concreta de sus intereses, sin enfrentarse con otros poderes capacitados para impedir ese despliegue.

Está claro que generar respuestas a esas demandas precisará, sobre todo, de una respuesta política de los líderes de los gobiernos para buscar soluciones acordes con las demandas. Pero fundamentalmente se deberá otorgar prioridad presupuestaria a la seguridad y a la lucha contra el crimen organizado.

En ese proceso de reconstrucción del poder del Estado nacional, se hace imprescindible cimentar el desarrollo de una consistente cultura de la legalidad en la Argentina.

Las organizaciones de seguridad del Estado nacional son, por su misma naturaleza, las instituciones destinadas a sostener la reconstrucción de una relación sana entre los ciudadanos y la ley. Su capacidad de reformarse a sí mismas, creando las condiciones de una nueva legitimidad social, se vuelve una necesidad política imperiosa de una sociedad como la argentina, que se decide a ser protagonista del mundo del siglo XXI.

El creciente peligro que demuestran las organizaciones del crimen organizado aumenta la necesidad de que las reformas de tercera generación se encarnen en las organizaciones de seguridad del Estado argentino. Pero también muestra con patetismo hasta qué punto estas amenazas contra la democracia no constituyen sólo un problema de los dirigentes políticos. Hace falta una respuesta de toda la sociedad, y la creación misma de un Instituto de Investigación sobre Seguridad y Crimen Organizado, que deberá sostenerse necesariamente con el esfuerzo y el aporte de todos los argentinos conscientes de que el daño que pueden infringir esas amenazas afectará a todo el cuerpo social.

La magnitud del problema exige su estudio científico sistemático para definir las soluciones que nuestra sociedad reclama. El enfoque de esas soluciones debe ser necesariamente multidisciplinario; para la inteligencia, enfrentamos uno de los desafíos más rigurosos que nuestra democracia padece desde 1983. Asimismo, se debe reconocer la cooperación transnacional en beneficio de los gobiernos y de las instituciones como una fortaleza superlativa, pues constituye un especial apoyo para enfrentar estas nuevas amenazas contra la democracia.

Por eso mismo nadie puede pensar en respuestas teñidas de partidismo o esclavas de los mezquinos intereses de facción. La seguridad y la lucha contra el Crimen Organizado son un problema de Estado que requieren respuestas e iniciativas fundadas en el estricto interés nacional.

Criminalidad organizada, finanzas y cooperación internacional

Sobre el concepto de crimen organizado y de crimen económico organizado, existen reportes, informes de Naciones Unidas, fundamentalmente en reuniones de Interpol, surge un concepto que se define por sus mismas características, características que varían según las ideologías y las necesidades políticas de cada lugar; no es un concepto dogmático, es un concepto criminológico, lo cierto es que en el mundo todavía no se tiene una idea acabada de lo que es crimen organizado.

Tenemos características acerca de criminalidad transnacional y no organizada en el año 1975 en materia de Justicia Penal, en el ámbito de Naciones Unidas con sede en Viena; en esa oportunidad se trataba de rotular al crimen transnacional, como aquel tipo de crimen que traspasaba las fronteras de un Estado, es decir aquella actividad delictiva que se desarrollaba dentro de los países violando normas nacionales. A partir de aquel entonces comenzaban a aparecer diferentes hipótesis acerca de criminalidad organizada, definiéndola como una actividad realizada por grupos delictivos, donde los delitos que se cometían eran delitos graves, donde se utilizaban los resultados de estos delitos para obtener ganancias o poder político; estas fueron las primeras características, luego ya se comenzó hablar de que las organizaciones deben tener una continuidad, que la estructura de estas organizaciones debe tener jerarquías, debe tener a priori una definición de roles y que entre los mismos no se debían confundir, es decir que las personas no eran intercambiables, que la estructura debía pertenecer a criterios empresariales y en cuanto a la finalidad ya no se hablaba de obtener ganancias o de influir políticamente sino que ya se tenía por finalidad influir sobre el público en general, sobre los medios de comunicación y sobre la estructura política de uno o varios países.

De esta forma llegamos a la definición de Criminalidad Organizada: “Grupo estructurado de tres o más personas existente por un periodo de tiempo y actuando en conjunto con el propósito de cometer uno o mas crímenes graves o delitos establecidos en la presente Convención, a fin de obtener directa o indirectamente un beneficio sea financiero o de otra índole material”.

El presente análisis versa sobre el conjunto de personas que se ha unido para cometer delitos, esto conforma lo que se denomina crimen organizado. Las personas que se unen bajo este rótulo son empresarios, piensan como empresarios, hacen análisis de marketing, se encuentran perfectamente asesorados, responden a tres preguntas básicas de economía: ¿qué produzco?, ¿cómo produzco? y ¿para quién lo produzco? Y finalmente tienen protección de ganancias como todo buen empresario, pero la diferencia que existe con el empresario es que estas organizaciones diversifican el riesgo, es decir que nadie solo trafica estupefacientes solo, nadie solo trafica niños, nadie solo trafica con los inmigrantes ilegales, etc., sino que se complementan estas actividades con otras por ejemplo un cártel colombiano donde su objeto social ilícito es la producción de estupefacientes, trabaja además ayudando a la mafia china, ayudando a la colombiana, a la mexicana a traficar y a su vez permiten de paso el ingreso de inmigrantes clandestinos.

Es decir que trabajan para infiltrarse, establecerse en distintas empresas, que son empresas coberturas, utilizadas para aparentar, son empresas fachadas que tienen una larga trayectoria en el país y que tienen un sólido patrimonio pero que tienen una crisis de liquidez donde se necesita un flujo de capitales para poder sobrevivir, entonces estas organizaciones se infiltran en esa empresa para salvarla, porque esa empresa da de comer a muchas personas de la región, la van a seguir utilizando  para su actividad normal pero más para justificar sus propias operaciones.

Hay que destacar que en este tipo de actividades existe un respeto mutuo entre las organizaciones con respecto a la competencia, es decir se cuidan para no interferir en los negocios de cada una de estas organizaciones, esto no significa que no hay competencia entre ellas, pero se respetan mucho más que las empresas económicas. Con respecto a las causas de este respeto que existe, puede ser el temor a la violencia física sobre sus integrantes, pero ésta en el aspecto económico ya prácticamente se encuentra descartada, hoy en día el temor se funda en que si no se respeta la competencia pueden ser eliminadas del mercado, es decir establecer regímenes en los cuales el competidor no puede soportar la competencia por los costos que imponen las organizaciones criminales.


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