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sábado, 29 de octubre de 2011

El Gobierno congeló la ley de glaciares

 A un año de su promulgación la norma no se aplica
No comenzó el inventario de las reservas de agua en montaña


El segundo veto, el silencioso, fue más efectivo. Mientras las empresas mineras bloquean judicialmente la aplicación de la ley de glaciares, la Casa Rosada no cumplió los plazos para realizar el inventario que debía identificar las reservas estratégicas de agua en la Cordillera, para preservarlas. A un año de su promulgación, los objetivos principales de la ley, vetada por la Presidenta pero votada dos veces por el Congreso, continúan siendo letra muerta.
De hecho, la norma ordenaba completar antes de marzo el relevamiento de glaciares en las zonas donde se encuentran los megaemprendimientos mineros (que utilizan cianuro para separar el metal de la roca). El inventario no sólo no comenzó, sino que el titular del equipo técnico encargado de la tarea reconoció que los glaciares de las "provincias conflictivas" serán los últimos en ser relevados.
Para entonces, denuncian los ambientalistas, los emprendimientos mineros contaminarán o harán desaparecer los glaciares en peligro.
Los 18 artículos de la ley 26.639 desataron un feroz debate legislativo. Votada por unanimidad en noviembre de 2008, la norma impulsada por el diputado Miguel Bonasso fue objeto del primer veto total de Cristina Kirchner (el segundo fue para el 82% móvil a los jubilados), que consideró "excesivo" prohibir la actividad minera y petrolera en los glaciares.
El debate posterior estuvo marcado por las denuncias de organizaciones ambientalistas sobre los nexos entre las compañías mineras y funcionarios del Gobierno. En particular, los encuentros que la Presidenta mantuvo -antes y después del veto- con los máximos ejecutivos de la canadiense Barrick Gold, que explota en San Juan los yacimientos de Veladero y Pascua Lama.
Con el apoyo del senador kirchnerista Daniel Filmus, la norma volvió a ser aprobada por el Congreso -esta vez dividido- en septiembre del año pasado.
El texto prohíbe las actividades contaminantes en los cuerpos de agua y hielo -y sus zonas aledañas- y establece que el Inventario Nacional de Glaciares debe ser realizado por el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianiglia), que depende del Conicet.

EL MUESTREO

A su vez, obligaba a Ianiglia a comenzar en noviembre de 2010 el muestreo en las zonas donde existen actividades que pudieran ser contaminantes. El inventario de esas regiones, según la norma, debía presentarse en un plazo de 180 días, es decir, para el 30 de marzo de este año. Nada de eso ocurrió.
Desde su sanción, de hecho, la ley enfrentó la indiferencia glaciar de la Casa Rosada, que ni siquiera la promulgó: al cumplirse el plazo legal, el 28 de octubre de 2010, quedó promulgada de hecho.
La reglamentación debió esperar otros cuatro meses. Al presentarla, el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, fue cualquier cosa menos contundente: sostuvo que en un año se iban a tener "algunas definiciones" respecto del análisis "que se empiece a hacer" y que "a los cincos años" se iba a contar con "alguna definición específica de lo que es el inventario".
Cuando se reglamentó la ley, en febrero, la Presidenta anunció en Olivos la entrega de 3.402.900 pesos para Ianiglia. Según pudo comprobar LA NACION, los fondos tardaron ocho meses más en llegar al instituto. De continuar las demoras podría perderse otro verano, la única época en que se puede hacer el relevamiento en la alta montaña.
Fuentes del sector minero, por su parte, dejaron en claro que la ley no afectó "en nada" sus proyectos. "No existen operaciones sobre los glaciares y la región periglaciar no fue definida en la reglamentación", argumentaron. Desde la Secretaría de Ambiente, a cargo de Juan José Mussi, no respondieron las llamadas de LA NACION.
"La demora implica una violación explícita de la ley. Lo que hace el Gobierno es mantener el saqueo y el veto de la Barrick", sostuvo otra de las impulsoras de la ley, la diputada Fernanda Reyes (Coalición Cívica).
Tras aclarar que el equipo de científicos de Ianiglia no es parte del conflicto político y que el compromiso del instituto es "establecer cuál es el área a proteger", su director, Ricardo Villalba, reveló a LA NACION: "No puedo a enviar a mis técnicos a donde son personas no gratas", en relación con las provincias mineras que rechazan la ley. En los yacimientos, por convenios estatales, las fuerzas de seguridad reciben su sueldo de las mineras. "Los lugares conflictivos deberán esperar", completó Villalba.
"Si siguen las demoras, cuando suban a la montaña, no van a encontrar nada", señaló el sanjuanino Carlos González, titular de la organización ambiental Inti Chuteh, que denuncia que las perforaciones (cateos) de las mineras en la montaña están funcionando como chimeneas que calientan y drenan los hielos cordilleranos.
"Ianiglia debe ir primero a los lugares en riesgo y Villalba debe hacer públicas las condiciones precarias en las que se hace el inventario", agregó Bonasso. "Que el relevamiento no haya empezado es complicidad de Cristina Kirchner", completó.
Sin ese inventario no se pueden establecer las actividades prohibidas, ni controlar las que se encuentren en ejecución. En otras palabras, sin ese inventario, el veto presidencial sigue vigente.

LA LEY Y LA REALIDAD

P.-¿Qué dice la ley 26.639?
R.- La norma prohíbe la liberación de elementos contaminantes y la exploración minera e hidrocarburífera en los glaciares y periglaciares; ordena realizar un inventario de glaciares completo cada cinco años, y obligaba a que, antes del 30 de marzo de este año, se relevaran las zonas prioritarias, donde existen emprendimientos industriales.
P.- ¿Qué sucede en la realidad?
R.- El inventario nunca comenzó y, por las demoras en la entrega de fondos y equipos por parte del Gobierno, se corre riesgo de que tampoco comience este verano (la única época en que se puede trabajar en la montaña). Por otra parte, las empresas y gremios mineros consiguieron una medida cautelar en la justicia de San Juan, que se encuentra desde hace meses en estudio de la Corte Suprema.
P.- ¿Por qué es importante identificar los glaciares?
R.- Son reservas estratégicas de agua dulce (contienen el 75% del cúmulo mundial), indicadores del cambio climático e íconos naturales. San Juan presentó un inventario provincial en 2010 que sólo incluye los glaciares descubiertos (no así los cubiertos y los de escombros). Con fondos provinciales, Ianiglia relevó la cuenca del río Mendoza.
Fuente:la Nación

jueves, 3 de marzo de 2011

REGLAMENTACION DE LA LEY DE GLACIARES (deliberadamente incompleta)


Fernanda Reyes (CC): “La reglamentación de la Ley de Glaciares es deliberadamente incompleta para permitir que las mineras continúen operando sobre la zona periglacial”. Declaraciones de la Diputada Nacional de la Coalición Cívica en relación a la reglamentación parcial de la Ley de Glaciares.
La reglamentación de la Ley de Protección de Glaciares es deliberadamente incompleta ya que, entre otros, no incluye el artículo 15, que es el que establece un plazo de 180 días para la realización de las auditorias ambientales a los emprendimientos en ejecución, como Pascua Lama o Veladero”, sostuvo la diputada nacional de la Coalición Cívica Fernanda Reyes, en referencia a la reglamentación de sólo cuatro artículos de la Ley de Protección de Glaciares, publicada hoy en el boletín oficial. “Se trata de una deliberada manipulación por parte del gobierno para darles tiempo y permitir a las mineras continuar con los emprendimientos ya iniciados”, agregó la diputada de la CC.
“Hay un pacto evidente de los gobiernos nacional y provincial con la Barrick Gold y las demás empresas mineras para que puedan seguir operando en la Argentina, a costa de nuestros recursos naturales. Los medios del Estado están puestos al servicio de ese pacto: primero, fue el veto y, ahora, los amparos judiciales y esta reglamentación absolutamente parcial que omite, precisamente, los artículos más inconvenientes para las mineras”, denunció Reyes, integrante de la Comisión de Minería y una de las principales impulsoras de la Ley de Protección de Glaciares.
“El artículo 15 fue uno de los más importantes incluidos en la ley 26.639 ya que es el que establece que las actividades en ejecución deben ser sometidas a una auditoría de impacto ambiental, pudiendo ordenar el cese o traslado de la actividad y las medidas de protección, limpieza y restauración que correspondan, en caso de verificarse impacto significativo sobre glaciares o ambiente periglacial”, explicó Reyes.
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ARTICULO 15 (Ley 26639) — Disposición transitoria. En un plazo máximo de SESENTA (60) días a partir de la sanción de la presente ley, el IANIGLA presentará a la autoridad nacional de aplicación un cronograma para la ejecución del inventario, el cual deberá comenzar de manera inmediata por aquellas zonas en las que, por la existencia de actividades contempladas en el artículo 6º, se consideren prioritarias. En estas zonas se deberá realizar el inventario definido en el artículo 3° en un plazo no mayor de CIENTO OCHENTA (180) días.
Al efecto, las autoridades competentes deberán proveerle toda la información pertinente que el citado instituto le requiera.
Las actividades descritas en el artículo 6º, en ejecución al momento de la sanción de la presente ley, deberán, en un plazo máximo de CIENTO OCHENTA (180) días de promulgada la presente, someterse a una auditoría ambiental en la que se identifiquen y cuantifiquen los impactos ambientales potenciales y generados. En caso de verificarse impacto significativo sobre glaciares o ambiente periglacial, contemplados en el artículo 2° las autoridades dispondrán las medidas pertinentes para que se cumpla la presente ley, pudiendo ordenar el cese o traslado de la actividad y las medidas de protección, limpieza y restauración que correspondan.
Fuente: elojodigital.com/Prensa, Coalición Cívica (CC)