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jueves, 10 de marzo de 2011

Nueva información para la consulta de padrones electorales provisorios

La consulta podrá realizarse a partir de este viernes (11/3) y hasta el jueves 31 inclusive, a través de Internet o en forma telefónica. Es indispensable para quienes votan por primera vez y para aquellos electores que hicieron un cambio de domicilio desde la última elección. Donde consultar.


CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). Seún informa el CIJ, desde mañana (11/3) se podrán verificar los padrones provisorios para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, y comicios generales de este año.

La Justicia Nacional Electoral, continuando con la implementación de las medidas necesarias para optimizar el proceso electoral y a los efectos de lograr mayor inmediatez en la actualización de los padrones con miras a las próximas elecciones nacionales, ha dispuesto que los datos puedan verificarse en:

> www.cij.gob.ar

> www.padron.gob.ar

> o mediante la consulta telefónica gratuita al 0800-999-PADRON(7237).

Se recomienda a la ciudadanía que verifique su correcta inclusión en el padrón electoral y que, en caso de ser necesario, formule el reclamo correspondiente.

Esta consulta resulta indispensable para quienes votan por primera vez, como así también para aquellos electores que hayan efectuado un cambio de domicilio desde la última elección.



fuente: http://www.urgente24.com/noticias/val/5224/ficha.html

sábado, 22 de enero de 2011

Caducaron 149 partidos políticos desde la sanción de la nueva ley


Lo resolvió la Justicia Electoral, de acuerdo a los parámetros de la ley 26.571. Otras 57 agrupaciones tienen caducidades decretadas aunque no firmes. En total, la Argentina tiene 546 partidos de distrito y 37 a nivel nacional, según datos del fuero.




Desde la sanción de la ley 26.571, en diciembre del 2009, que modificó aspectos de la Ley Orgánica de Partidos Políticos, la Cámara Nacional Electoral dispuso la caducidad de 149 agrupaciones políticas, mientras que otras 57 tienen una apelación en curso como intento de evitar su extinción, según información brindada por ese tribunal.

Esta situación tiene que ver más específicamente con el artículo 4° de esa ley, que obliga a los partidos políticos a mantener en forma permanente una cantidad de afiliados “no inferior al cuatro por mil (4‰) del total de los inscriptos en el registro de electores del distrito correspondiente”.

El mismo artículo estipula que "el Ministerio Público Fiscal, de oficio, o a instancia del juzgado federal con competencia electoral, verificará el cumplimiento del presente requisito, en el segundo mes de cada año, e impulsará la declaración de caducidad de la personería jurídico-política cuando corresponda”.

Asimismo, los partidos políticos también pueden extinguirse por la no realización de elecciones partidarias internas durante el término de cuatro años, la no presentación a dos elecciones nacionales consecutivas, o por no haber alcanzado en dos elecciones nacionales sucesivas el dos por ciento del padrón electoral del distrito que corresponda, entre otras razones.

Entre los partidos que perdieron su personería en algunos distritos se encuentran el Partido Obrero, el Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST), Acción por la República, el Partido Demócrata Cristiano, el Partido Humanista y hasta el Frente para la Victoria en La Pampa y el Pro en Formosa.

Pese a estas caducidades, según datos de la misma Cámara Nacional Electoral, existen en la Argentina 546 partidos políticos de distrito vigentes y otros 37 a nivel nacional.

Las caducidades no se relacionan con otro de los requisitos previsto por el nuevo régimen que es reunir, como mínimo, el 1,5% de los votos válidos en las elecciones primarias para que ese partido pueda presentar candidatos en la elección general.

fuente: http://www.cij.gov.ar/nota-6001-Caducaron-149-partidos-politicos-desde-la-sancion-de-la-nueva-ley.html